jueves, 25 de abril de 2019

Bibliotecas jurídicas en la sociedad mundial de la información

En México D.F., en el año 2017 se realizó el Primer Encuentro Internacional de Bibliotecas Jurídica. Del mismo participaron exponentes de Argentina, España, Estados Unidos y México entre otros. Uno de los objetivos planteados por este congreso fue poner de manifiesto la importancia de las bibliotecas jurídicas en el siglo XXI. Como corolario de esto, se produjo y editó el video que puede observarse a continuación:


Bibliotecas y legislación


Esta entrada pretende ser un comentario acerca de una situación que, si bien está relacionada con el derecho, concierne a todas las bibliotecas argentinas.
La propiedad intelectual en la república Argentina está regida por la ley 11.723 que data de 1933.
Si bien a esta se le han ido modificando e introduciendo paulatinamente algunos artículos, no ha cambiado en su esencia desde aquellos tiempos. A pesar de contar con una ley que es anterior a la invención de las fotocopiadoras por citar algo, la tutela de las formas en lo concerniente a derechos de autor, es en Argentina, así como en la mayor parte de los países del mundo, adoptada en virtud de tratados y resoluciones dictados por la OMPI (Organización Mundial de Propiedad Intelectual), que es a su vez una dependencia de la OMC (Organización Mundial de Comercio). Diversas resoluciones tomadas de convenciones internacionales han ido actualizando algunas cuestiones y dejando de lado otras en lo concerniente a propiedad intelectual. En esta linea, la Argentina ha adherido en diversos momentos de la historia a la convención de Berna, los PIDESC, o el tratado de Marrakech entre otros.
Amén de esto, la legislasción vigente en nuestro país es descripta por los especialistas como una de las leyes más restrictivas del mundo en torno a las nociones de acceso al conocimiento y la cultura. Esto es así debido a que, a diferencia de las legislaciones en otros países, nuestra ley posee muy pocas excepciones. En su texto se restringen fuertemente las posibilidades de investigadores, artistas, consumidores y obviamente bibliotecarios, al no estar contemplado el uso de las obras protegidas, según algunas necesidades básicas de dichos oficios. Cláusulas de fair use o excepciones para educadores, investigadores y bibliotecarios que son comunes en paises occidentales, no existen en nuestra legislación, tornando así ilegal una serie de actividades que la mayoría de nosotros realizamos cotidianamente.
Respecto de las obras cuyo derecho de autor se encuentra vigente, también debe tenerse en cuenta la ley 25.446 sancionada en 2001. Conocida como la ley de fomento del libro y la lectura, en realidad se ocupa de establecer penas de multa y prisión para todos aquellos que realicen copias de una obra sin contar con la autorización expresa de autores y editores. Tampoco se aprecian en esta ley excepciones de ningún tipo para las bibliotecas. En los últimos días se viene hablando con fuerza de un proyecto de ley que busca la creación de un Instituto Nacional del Libro. El cuerpo del proyecto que fuese presentado en la cámara baja de la nación durante 2018 guarda una serie de similitudes pasmosas con la ya mencionada ley 25.446.
La presente entrada tiene como único objeto informar acerca de esta situación y plantear una vez más, la necesidad imperiosa de que futuros proyectos de ley contemplen las necesidades de las unidades de información en su formulación.

Enciclopedia jurídica online

Entre las múltiples cosas que pueden encontrarse en la web, se halla una enciclopedia jurídica completa.
En la misma se incluyen definiciones de términos comunes en el ámbito de la justicia que pueden ayudar a salir de cualquier duda.
La misma está accesible desde:

Enciclopedia jurídica

Otras bibliotecas jurídicas de la República Argentina

La Asociación Civil de Bibliotecarios Jurídicos posee en su web un listado de bibliotecas jurídicas de distintos lugares del país. Es una herramienta de consulta que puede ser útil para quienes se dediquen al área del derecho.
Dicha información puede consultarse dedse la web de la ACBJ o directamente en el siguiente enlace:

Listado de bibliotecas jurídicas